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La Justicia rechazó cautelar contra la reforma previsional

 

El juzgado número 8 de la Seguridad Social de Caba rechazó ayer otorgar una cautelar para impedir la aplicación a partir de marzo del nuevo cálculo en la movilidad jubilatoria, por lo que hasta el momento la ley de reforma previsional sancionada por el Congreso en medio de violentos incidentes continúa vigente. La presentación fue realizada por el abogado previsionalista Miguel Ángel Fernández Pastor, patrocinado por su hijo Facundo Fernández Pastor.

El letrado, ex gerente de Normatización de Prestaciones y Servicios de la ANSeS, había pedido que la Justicia le ordene al Estado no aplicar la reforma previsional hasta tanto no haya fallos judiciales en firme que ratifiquen la constitucionalidad de la iniciativa. El propio Fernández Pastor denunció ante la Justicia la inconstitucionalidad de la reforma que, a su juicio, vulnera derechos de la seguridad social ya adquiridos y provocará "una pérdida de recursos para repartir entre los distintos beneficiarios de la seguridad social".

En respuesta a esa presentación, la jueza Cammarata consideró que no está demostrado que la sanción de la ley cause "un grave menoscabo cuyos efectos no podrían revertirse con el dictado de la sentencia final". Es decir, que no es necesaria la acción de amparo porque, al final del recorrido judicial, de existir una sentencia firme en contra de la constitucionalidad de la ley, la ANSeS podrá reparar los efectos de la norma.

Facundo Fernández Pastor dialogó con El Cronista y planteó que el daño se demuestra en que, al no habilitarse la feria judicial en enero, "el derecho de mi papá como jubilado se va a afectar con la liquidación de marzo". Para el letrado, había que definir la situación "antes de marzo", para que el pago de haberes de ese mes se haga con el antiguo sistema de movilidad, que se reemplazó con la reciente ley previsional. Definió, además, el fallo como "un mamarracho institucional" porque "no se protege el derecho humano". Su padre, en tanto, consideró la "falta de racionalidad" en la determinación de la jueza.

 

A fines de 2017, Fernández Padtor consiguió que la Cámara aparte al juez subrogante Fernando Strasser en una causa por reforma de la Ley Previsional. Ese juez había resuelto que todas las cautelares que se iniciaban contra la reforma tendrían que ser enviadas a su juzgado, al avalar un pedido de la ANSeS para agrupar todos los reclamos que se presentasen, bajo el formato de acción de clase. Sin embargo, Fernández Pastor lo recusó. Finalmente, los jueces Rodolfo Mario Milano, subrogante, Néstor Fasciolo y Martín Laclau resolvieron hacer lugar a la recusación planteada por el abogado, y el caso derivó en el juzgado a cargo de Cammarata.

La reforma previsional aprobada por el Congreso el 18 de diciembre en medio de un fuerte operativo de seguridad y con graves incidentes en las calles seguirá en manos de los jueces y será la Corte Suprema la que al final del camino decidirá sobre su validez.

 

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