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La Corte limitó los montos de las indemnizaciones del régimen de ART

 

La Corte Suprema de Justicia resolvió ayer que los jueces laborales no pueden incrementar a su arbitrio los montos de las indemnizaciones por accidente de trabajo fijado por ley en la reforma de 2012, al revocar una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había aumentado injustificadamente el importe de un resarcimiento del sistema.

El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, y la disidencia del juez Horacio Rosatti quienes se pronunciaron ante la causa Marando, Catalina Graciela c/QBE Argentina ART en la cual la viuda de un trabajador fallecido en un accidente laboral reclamó a la compañía aseguradora de la empresa en la que trabajaba su esposo el pago de la indemnización prevista en la Ley de Riesgos del Trabajo. Esa normativa fija un esquema tarifado por el cual el resarcimiento se determina mediante una fórmula que toma en cuenta la edad que tenía el trabajador al momento del accidente y el salario que ganaba. Pero el fallo de Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo si bien calculó que por esa fórmula de la ley la indemnización ascendía a $ 435.103,50, consideró que tal importe era insuficiente y estimó justo incrementar la compensación a $ 700.000.

Sin embargo, la Corte revocó ayer ese fallo al señalar que los camaristas habían determinado la indemnización apartándose injustificadamente de la ley aplicable, una circunstancia que dilató innecesariamente el pleito.

 

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