La Web de Cash
La economía que le importa a tu bolsillo

PresenteGatito

La "independencia tributaria" este año comienza el miércoles 21

 

 

Este año, un trabajador asalariado formal debería trabajar entre unos 174 y 206 días para cumplir con las obligaciones tributarias de los tres niveles de gobierno. En consecuencia, el “Día de la independencia tributaria” se ubica en Argentina, para el año 2017, entre el 21 de junio y el 24 de julio, en función de cuáles sean sus ingresos.

El trabajo del Iaraf que dirige Nadín Argañaraz señala que, por segundo año consecutivo, se observa una reducción en la cantidad de días necesarios para pagar impuestos para los tres estratos más elevados, de hasta 28 días menos que los verificados respecto al máximo nivel del 2015, reducción que obedece a la actualización de los mínimos no imponibles y los tramos de las escalas del impuesto a las ganancias que afecta a empleados en relación de dependencia y los correspondientes al impuesto sobre los bienes personales

Esta reducción es para los tres estratos de mayores ingresos, que son los que pagan el Impuesto a las Ganancias. Para el estrato inferior, que no afronta este tributo ni tampoco el de Bienes Personales, la carga tributaria ha permanecido prácticamente sin cambios en los últimos años, con lo cual se ha achicado la brecha entre la carga tributaria de los mayores y menores niveles de ingresos.

En consecuencia, desde el instituto señalan “la necesidad de continuar avanzando en una reforma tributaria que alcance a los impuestos indirectos que afectan al consumo (como por ejemplo el IVA o el Impuesto a los Ingresos Brutos Provincial) y a los Impuestos al trabajo. De lo contrario, es de esperar que el nivel de carga tributaria que recae sobre los niveles inferiores de ingresos permanezca invariable en el tiempo”.

De los resultados obtenidos, se aprecia que la carga tributaria formal integral durante el 2017 se ubicaría entre el 47,5% y el 56,6% del ingreso total (incluyendo contribuciones patronales) de una familia, dependiendo de los tramos de ingresos considerados. El primer caso, para el cual la carga asciende a un 47,5%, corresponde a quienes hoy no pagan impuesto a las ganancias, mientras que en los tres casos restantes, que sí tributan este impuesto su incidencia evidentemente es más elevada a mayor tramo de ingreso considerado.

-.-

Arcor banners 03 300x300 ok

Rimoldi

portsaid Elles

Contacto Comercial

CONTACTO COMERCIAL

Data fiscal

lawebfiscali

Beneficio TIPA

Santander800x200

EPEC

AGEC

Banner Institucional Naranja

AGD