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Córdoba: autónomos con oficios no pagarán Ingresos Brutos

El Ministerio de Finanzas de Córdoba anunció que los trabajadores autónomos provinciales con oficios quedarán exentos del pago de Ingresos Brutos. Esta medida entró en vigencia a partir del primero de enero pasado como una de las modificaciones introducidas en el Presupuesto 2017. La exención se establece en el artículo 50 del Código Tributario sancionado por la Legislatura en diciembre pasado, y alcanza a los ingresos de pintores, jardineros, gasistas, electricistas, plomeros, servicios y/o cualquier actividad unipersonal que posea idénticas características a las mencionadas. La normativa establece como requisito un límite en la facturación que no supere los $16 mil mensuales. Además, la actividad debe ser ejercida en forma de empresas. En este sentido, el Ministro de Finanzas, Osvaldo Giordano explicó que la medida “intenta hacer justicia con aquellas personas que, a través de oficios indispensables, trabajan día y noche resolviendo problemas cotidianos que muchos ni nos imaginamos cuan complejos y sacrificados pueden llegar a ser”. Otros cambios del régimen de Ingresos Brutos son: la equiparación de la alícuota de “Matarife abastecedor local”, actualmente en 1,50% a la de la “actividad del frigorífico” (0,50%), y la aplicación del impuesto a los servicios de TV en niveles similares al resto de otras provincias (2%). Asimismo, para las industrias radicadas en la provincia se actualiza el monto de facturación a partir del cual se aplica el impuesto (de $56 a $80 millones anuales) y el límite de facturación hasta el cual alcanza la reducción del 30% (de $5 a $7 millones anuales). Por otro lado, se restablece el monto de facturación a partir del cual se comienzan a aplicar los fondos específicos como complemento del impuesto a los ingresos brutos (de $14 a $20 millones).

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