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La Corte diferenciaría su fallo para la luz del que tuvo para gas

La Corte Suprema de Justicia alista un pronunciamiento sobre el tarifazo de la luz que dejará margen de maniobra al Gobierno nacional, y cuyo contenido distará en intensidad del revés que propinó al oficialismo en el caso del gas. El máximo tribunal no cuenta con el expediente necesario para tratar la cuestión de fondo y podría esperar a tenerlo para resolver, lo que provocará que una resolución definitiva en el tema luz quede diferida en el tiempo y pueda, por ende, volverse "abstracta" cuando el oficialismo mueva sus fichas a nivel político. En los datos coincide lo publicado por El Cronista y Ambito. Por este motivo, se espera un fallo "light" sobre la medida cautelar que, en términos de territorialidad, sólo mantiene frenadas las subas de la electricidad para una porción de usuarios de la provincia de Buenos Aires. Los múltiples problemas que tiene el expediente bajo análisis -entre ellos de legitimación para reclamar-, también condicionan el dictamen que prepara la procuradora general, Alejandra Gils Carbó, que recién se conocerá mañana, al filo del due date impuesto por los supremos. Para la Corte, el caso "Abarca" no es siquiera parecido al expediente en el que se pronunció por el tarifazo de gas, por lo que la respuesta judicial no será análoga. En principio, la medida cautelar otorgada por la Cámara Federal de La Plata tiene fecha de vencimiento en poco más de un mes: el 7 de octubre. Sólo impacta en usuarios de las distribuidoras Edenor y Edesur, una realidad que hace que el resto de las empresas estén facturando de acuerdo con los nuevos cuadros en el resto del país. Se detectaron además otros defectos procesales como el de la legitimación activa de un legislador (Walter Abarca) para actuar en procesos colectivos (más allá de que los jueces platenses reconocieron al defensor del pueblo bonaerense como litigante), y nuevamente la definición de una clase (como fueron los usuarios residenciales en el tema del gas) que permita avanzar en una definición que resuelva la cuestión del tarifazo eléctrico. La Corte tampoco escapa de su propia doctrina en materia de medidas cautelares. Con dos nuevas visiones -la de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz- es difícil que pueda torcerse la opinión sobre el rechazo a tratar medidas de este tenor por no ser sentencias definitivas. La contracara es el otro expediente que recibió la Corte, el que tramitó la jueza en lo contencioso administrativo federal de San Martín, Martina Forns, cuya precautelar frenó temporariamente la aplicación de aumentos al distribuidor mayorista, Cammesa. Pero el "auto per saltum" dictado por la jueza que catapultó el caso hacia la Corte fue previo a expedirse sobre el fondo y que el caso pasase por la Cámara, lo que fue leído como un mal precedente si los jueces lo tratasen. Podrían aprovechar para devolverlo, que siga su curso natural de apelaciones y volver a tomarlo en cuanto adquiera consistencia. En el medio, la administración de Mauricio Macri podrá adoptar las medidas correctivas para rearmarse, con convocatoria a audiencias públicas y discusión integral de la tarifa. Si esto ocurre finalmente, los cuestionamientos quedarían abstractos cuando completen el derrotero de regreso hasta la mesa de entradas de la Corte.

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