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La Corte define hoy tarifas

La Corte Suprema de Justicia anunciará a las 10 su decisión final por el tarifazo al gas, en un fallo que será adverso a validar los aumentos dispuestos por el Gobierno nacional sin audiencias públicas. Ayer, la procuradora general Alejandra Gils Carbó emitió un dictamen en el que respaldó el freno a las subas, en sintonía con lo dispuesto por la Cámara Federal de La Plata, entre otros motivos por afectar derechos de usuarios y consumidores a partir de eludir la vía administrativa fijada por ley. Con varias aristas, tales como la necesidad de la participación ciudadana, el cálculo de la tarifa social, la retroactividad de los incrementos y la posibilidad del dictado de incrementos unilaterales sobre la instancia de producción, los cuatro jueces del máximo tribunal no pretenden dilatar su sentencia para sellar el conflicto que mantiene en vilo al oficialismo y a los usuarios de todo el país. El fallo –adelantan algunos medios- tendrá una orientación definida en limitar la intención del oficialismo de validar toda la medida tal como fue dispuesta, pero agregará elementos que, como suele suceder en causas clave, tendrán una segunda lectura y podrán conjugarse con otros factores externos que fueron tenidos en cuenta a la hora de la elaboración de cada uno de los votos, cuya puesta en común ocurrió a altas horas de la noche. La redacción y búsqueda de jurisprudencia y antecedentes doctrinarios fue parte del trabajo de los secretarios letrados durante todo el fin de semana largo. La intención del cuerpo fue resolver previo al desembarco de Carlos Rosenkrantz, el quinto integrante, que recién se incorporará el lunes próximo, pero que debería fallar si la resolución final se dilata. Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti resolverán, entre los mismos pares, la recusación a Lorenzetti interpuesta por su encuentro en Casa Rosada con Mauricio Macri previo a la feria judicial. Despejado el primer gran caso, llegará otro de los asuntos clave para el Gobierno: el martes "subió a la Corte la suspensión vía cautelar por tres meses del aumento de la luz en toda la provincia de Buenos Aires, un litigio que amenaza con replicar el proceso del tarifazo del gas. El dictamen fiscal de Gils Carbó apuntó a que la falta de audiencias restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación ciudadana y que, si bien es facultad exclusiva del Gobierno definir una política pública en la materia, los tribunales deben validar los mecanismos utilizados conforme la legislación vigente para la aplicación de los aumentos. Tampoco aceptó el principal argumento oficial: el gas en boca de pozo, que representa el 70% del aumento final, algo que por la Ley de Emergencia Económica puede ser dispuesto sin audiencias. La procuradora adujo que en el resultado general y eludida la vía administrativa para su discusión, el aumento atentaba contra la garantía de accesibilidad al gas y podría afectar derechos humanos fundamentales. En tanto, dijo que "el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública", y recordó que fiscales de Río Gallegos, Mar del Plata, Zapala, Ushuaia, Río Grande, Córdoba, Neuquén, Rawson y Caleta Olivia "se expidieron a favor de la suspensión" por los mismos motivos. Gils Carbó recordó -tal como adelantó este diario- que la Ley 24.076 "dispone expresamente" las audiencias "en forma previa a la adopción de ciertas decisiones", como el aumento en las tarifas. "La postura del Estado -que en el caso negó que esté obligado a realizar las audiencias públicas previas- implica restringir sustancialmente la eficacia de la audiencia pública para garantizar los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios". "Se recorta el debate sobre la accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad sobre el componente más determinante de la tarifa final en el marco de un aumento extraordinario", añadió.

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