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Ganancias: docente mendocina demandó a la AFIP

Por primera vez, la Justicia Federal de Mendoza deberá resolver el planteo de un asalariado por la afectación de sus ingresos que implica la obligación del Impuesto a las Ganancias. Se trata de una docente de la Universidad Nacional de Cuyo (UNC), que accionó contra el Estado Nacional y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de una acción de amparo, por la cual reclama que su empleador suspenda la retención del gravamen hasta tanto se actualice el mínimo no imponible. Y que, en su caso, le insume el equivalente a casi 5 sueldos netos cada año. Con 30 años de antigüedad, María Cristina Silventi es catedrática e investigadora de la Facultad de Filosofía y Letras, pero además tiene a cargo a 2 hijos y una nieta en la obra social de los docentes universitarios. En su bono de sueldo figura un descuento promedio de $3.600, lo que le deja de bolsillo casi $16.000 pese a que en bruto supera los 22.000 pesos. “Ley pareja no es rigurosa. ¿Por qué con nuestros sueldos tenemos que pagar Ganancias que, además, debe ser un impuesto a la riqueza y no al salario. En mi caso, si bien la retención se aplica sobre el total, el 50% de los ítems son en negro”, enfatizó Silventi, contribuyente de la cuarta categoría. La demanda ingresó por la Secretaría 3 del Juzgado Federal n° 2, a cargo de Olga Arrabal de Canal que, más allá de dar lugar a la medida cautelar, deberá resolver la cuestión de fondo. Por lo pronto, tras la notificación, la AFIP hizo su descargo, y ahora se espera lo propio de Balcarce 50, sede de la Casa Rosada. “No hay coherencia ni un control en los montos descontados porque a veces es más; otras, un poco menos. Los solteros lo sienten todavía más, ya que para algunos la retención es casi el doble. Por eso, hacer punta en esto y sentar un precedente sirve para que otros se sumen”, añadió la docente a Los Andes. Con un comprobante de su salario de enero en mano, la demandante acredita una retención en concepto de Ganancias de $3.536. Sumado al pago de jubilación, seguros y obra social, en el último mes redujo el neto a casi 12.000 pesos. “La AFIP dio una respuesta poco técnica y más bien política, con la que elude su responsabilidad de adecuar el mínimo no imponible”, puntualizó el abogado patrocinante, José Ramón, sobre el estado de la causa. A criterio del profesional, un fallo positivo sentará un claro precedente. “Lo interesante de esta causa es que, de prosperar una resolución favorable, se podrá extender colectivamente con incidencia en todo el país”, resumió, tras la notificación al PEN el miércoles 4 de marzo, que ahora deja en manos de la magistrada la resolución.

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